Los avances tecnológicos en la inteligencia artificial (IA) han provocado una serie de desafíos y debates en torno a los derechos de autor. A medida que las máquinas comienzan a «crear» obras que en otro tiempo sólo los humanos podían, surgen preguntas sobre la titularidad y protección de dichas creaciones. Este artículo explora las complejidades y consideraciones en torno a los derechos de autor relacionados con la IA.
Históricamente, los derechos de autor han estado vinculados a la originalidad y la creatividad humana. Sin embargo, con la llegada de sistemas de IA capaces de producir música, arte, textos y otros tipos de contenido, la noción tradicional de originalidad se encuentra en un terreno inestable.
En la mayoría de las jurisdicciones, para que una obra sea elegible para la protección de derechos de autor, debe ser original y ser el resultado del esfuerzo creativo de un humano. Las creaciones de IA, por naturaleza, no son fruto directo del esfuerzo humano, lo que plantea la pregunta de si deben o no estar protegidas.
Aunque una IA puede generar obras, generalmente se considera que la titularidad de los derechos de autor de dichas obras recae en el humano que creó, programó o utilizó la IA. Por ejemplo, si un programador utiliza un software de IA para generar música, ese programador (o la entidad para la cual trabaja) podría ser considerado el titular de los derechos de autor de la música resultante.
Por otro lado, más allá de la titularidad, hay cuestiones éticas y legales a considerar. Si una IA crea contenido basándose en datos de obras existentes, ¿está infringiendo los derechos de autor de esas obras? Además, si una IA produce contenido ofensivo o perjudicial, ¿quién es responsable?
Hacia el futuro
Algunos argumentan que las leyes actuales de derechos de autor simplemente no están equipadas para abordar las creaciones de IA y que se requieren nuevos marcos legales. Por otro lado, podría ser que la solución no sea una nueva legislación, sino una reevaluación y adaptación de las interpretaciones legales existentes.
En resumen, mientras que la IA continúa evolucionando y desempeñando un papel cada vez más importante en la creación de contenido, las leyes y regulaciones que rigen los derechos de autor deberán enfrentar y adaptarse a estos desafíos emergentes. Es imperante la necesidad de evaluar los conceptos establecidos de obra y autor, ya que gracias al uso de la IA y las diversas tecnologías la definición de obra y su concepción ha evolucionado en niveles del nacimiento de nuevas disciplinas donde los robots están interviniendo, por ello, los derechos de autor y de propiedad intelectual son un área de la ley que, sin duda, seguirá siendo objeto de un intenso debate y escrutinio en los próximos años.
Mariajosé Morales Hinestroza.